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Es posible un marco normativo más favorable a la prevención del derroche alimentario en los sectores agroalimentario, pesquero, de residuos, de sanidad alimentaria y consumo. Nuevo estudio «Posibilidades normativas y fiscales para prevenir el derroche alimentario en Cataluña».

El informe (català), elaborado por la Fundació ENT con la financiación de la Agència de Residus de Catalunya, tiene por objetivo identificar las principales barreras y oportunidades para la prevención del derroche alimentario en Cataluña desde el punto de vista normativo y fiscal, a nivel autonómico y local. Las propuestas parten del marco normativo y competencias autonómicas actuales, y en la mayoría de los casos buscan modificarlo con el objetivo de favorecer la prevención del derroche alimentario. En otros casos se propone la creación de nuevos instrumentos normativos o fiscales.

En los últimos años la problemática del derroche alimentario ha tomado mucha relevancia tanto a nivel institucional como a nivel de conciencia ciudadana. En concreto, en 2015 la Organización de las Naciones Unidas estableció en su Agenda 2030 para el desarrollo sostenible el propósito de «reducir a la mitad el desperdicio mundial de alimentos per cápita en la venta al detalle y nivel de los consumidores y reducción de las pérdidas de alimentos en las cadenas de producción y distribución, incluidas las pérdidas posteriores a la cosecha » propósito 12.3) dentro del objetivo de garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles (objetivo 12)[1].

Cataluña no ha quedado al margen del incremento del interés social en esta problemática. En el año 2011 la «Diagnóstico del derroche alimentario en Cataluña»[2] cuantificó que del total de las disponibilidades alimentarias sólidas que adquieren las familias, los restaurantes y los comercios al por menor de Cataluña, se derrocha el 7% (34, 9 kg / hab. y año). Este diagnóstico representa el punto de partida del establecimiento, en el Programa general de prevención y gestión de residuos y recursos de Cataluña (PRECAT2020), del objetivo de reducir el año 2020 en un 50% el derroche alimentario respecto de los niveles cuantificados para la diagnosis del año 2010 en los ámbitos de la distribución al por menor, la restauración, el catering y el doméstico.

Por otra parte, el Parlament de Cataluña, a finales de 2016, inició el trámite de la Proposición de ley de aprovechamiento del excedente alimentario, que se propone reducir el excedente alimentario y dar una utilización a estos excedentes que permita satisfacer las necesidades de colectivos con dificultades para alimentarse.

| PROPUESTAS DE ÁMBITO AUTONÓMICO

Se identifican los sectores agroalimentario, pesca, residuos, sanidad alimentaria y consumo, como sectores que pueden tener incidencia sobre el derroche alimentario y en los que la Generalitat tiene competencias exclusivas o compartidas. El informe divide las propuestas según tengan por objetivo la prevención del derroche alimentario o bien favorecer la canalización de excedentes alimentarios.

Propuestas normativas y fiscales para la prevención del derroche alimentario

En el sector agroalimentario, se identifica la posibilidad de introducir la prevención del derroche alimentario dentro de los fines de la política de desarrollo rural (Ley 18/2001, de 31 de diciembre, de orientación agraria), permitiendo así establecer nuevos objetivos y líneas de actuación vinculadas a esta finalidad. También la introducción de líneas de actuación especialmente dirigidas a reducir las necesidades de intervención del mercado que dan respuesta a situaciones de exceso de oferta. Según datos facilitados por el Servicio de Regulación de Mercados Agroalimentarios (SERMA), las retiradas de fruta han aumentado de 3.990 toneladas en 2012 a 27.162 en el año 2015. También se identifica la posibilidad de introducir gastos o inversiones subvencionables relacionadas con la prevención del derroche alimentario a las ayudas al sector agrario, regulados por la Generalitat de Cataluña.

En el ámbito pesquero la introducción de la prevención del derroche alimentario pasaría principalmente por la mejora de la selectividad, lo que permitiría reducir las capturas no deseadas y por tanto los descartes. En este sentido también se podrían condicionar las subvenciones al cumplimiento de la jerarquía de gestión de residuos alimentarios, que prioriza en primer término las actuaciones de prevención de la generación de descartes, que incidiría en un incremento de la selectividad de las artes de pesca, frente a las actuaciones de mejora de la gestión de los descartes una vez generados.

En cuanto al marco normativo de sanidad alimentaria, se propone adecuar las guías de prácticas correctas de higiene (GPCH) de los diferentes sectores para que contribuyan a la reducción del derroche alimentario de forma específica en cada sector. De esta manera las buenas prácticas en sanidad alimentaria de cada sector también incorporarían buenas prácticas para evitar el derroche alimentario.

La venta de bienes con fecha de consumo preferente sobrepasada está permitida en otros países y es una práctica que permite vender estos productos por debajo de precio de venta normal, evitando así su desperdicio. La propuesta sería excluir la venta de bienes con fecha de consumo preferente sobrepasada como infracción en el Código de consumo de Cataluña.

A nivel de gestión de residuos una posibilidad sería introducir la prevención del derroche alimentario en las obligaciones de los generadores de residuos comerciales, ya sea haciendo una declaración de alimentos comprados y/o procesados ​​y de residuos orgánicos generados, asimilándola a la declaración anual de residuos industriales, o bien promoviendo la planificación de la prevención del derroche alimentario a los grandes generadores de FORM, estableciendo un umbral razonable de establecimientos sujetos según su volumen de generación.

Propuestas normativas y fiscales para favorecer la canalización de excedentes alimentarios

Para el sector agroalimentario se plantean tres formas de fomentar la canalización de excedentes alimentarios: regular el rebusco en Cataluña, introducir deducciones en el tramo autonómico del IRPF para favorecer el rebusco o bien promover la generalización de la canalización de productos «no conformes» (retirados ya sea por errores en el etiquetado o por un defecto en el envase).

En el ámbito de la sanidad alimentaria la propuesta que más favorecería un incremento de las vías de aprovechamiento de alimentos sería la aprobación de una norma análoga a las leyes del buen samaritano de Italia y Estados Unidos con el objetivo de facilitar la canalización de excedentes alimentarios de la producción, transformación y distribución alimentarios mediante la equiparación de las entidades sociales a consumidores finales, exonerando de responsabilidades a las entidades sin ánimo de lucro que hacen la donación.
También mediante la normativa de residuos existe la posibilidad de crear un marco favorable a un incremento de las posibilidades de canalización de excedentes alimentarios por parte de los generadores de residuos comerciales de un cierto tamaño, obligando a los generadores de excedentes a separarlos de el resto, manteniendo los que sean aprovechables para el consumo humano en condiciones adecuadas para su aprovechamiento, etc.

| PROPUESTAS DE ÁMBITO MUNICIPAL

En el ámbito municipal también se identifican diferentes posibilidades de promover la prevención del derroche alimentario mediante instrumentos normativos. La incorporación de criterios de prevención del derroche alimentario en ordenanzas municipales, como la obligación de cumplimiento de medidas para la prevención de desperdicio en las ordenanzas municipales reguladoras del uso de la vía pública (por ejemplo fiestas populares), definiendo sanciones si la separación entre excedente y residuo no se lleva a cabo como establece la ordenanza. Establecer la obligatoriedad de la donación del excedente (previa separación del residuo alimentario inevitable) en los equipamientos municipales de titularidad pública, como escuelas públicas, hospitales, hogares de ancianos y guarderías municipales, en los que tienen competencias para regular y gestionar las actuaciones que allí se desarrollan.

También se podría estudiar la posibilidad de incluir condicionantes para favorecer la prevención del derroche alimentario en la intervención municipal de las actividades. Los titulares de las actividades regidas por la Ley 20/2009 (LPCAA) deben cumplir la obligación de reducir la producción de residuos. Los ayuntamientos podrían exigir prácticas de prevención de desperdicio (y controlar su cumplimiento mediante revisiones) en todos los regímenes de intervención municipal (Declaración de Impacto Ambiental, de Evaluación de Impacto Ambiental Simplificado y Comunicación Previa Ambiental) para las actividades sujetos a la LPCAA. Entre estas actividades se encuentran industrias alimentarias, agroindustriales y ganaderas.

En el ámbito de la fiscalidad de residuos la creación de incentivos para la reducción de residuos también podrían ir dirigidos a la reducción del derroche alimentario, ya sea a través del establecimiento de bonificaciones a la tasa de residuos por aquellos establecimientos que hicieran donaciones de excedentes alimentarios oa través del establecimiento de sistemas de pago por generación de residuos a los grandes generadores.

Otra posibilidad puede ser utilizar criterios de compra pública verde en la contratación de servicios donde puede haber derroche alimentario (por ejemplo comedores escolares o servicios de bar de equipamientos públicos) e incluir su prevención en los criterios de obligado cumplimiento para obtener la adjudicación.

| INFORME COMPLETO > AQUÍ (català)

| RESUMEN > AQUÍ (català)